Flag

An official website of the United States government

INFORMACIÓN PARA SOLICITANTES H-2 Y PETICIONARIOS DE EE. UU.
28 MINUTE READ
junio 15, 2021

¿Quiere trabajar legalmente en los Estados Unidos y ganar dinero para usted y su familia? El programa de visas H-2 lo hace posible. Los solicitantes pueden trabajar temporalmente en empleos de agricultura, construcción, silvicultura y muchos otros tipos de industria. La visa H2-A es para trabajo temporal agrícola mientras que la visa H2-B es para trabajo temporal o estacional no agrícola.

Información para solicitantes de visa H-2

Este video explica brevemente el proceso de solicitud para visas H2-A. Estos son los pasos básicos del proceso:

Paso 1.  Encuentre una empresa en los EE. UU. que necesite trabajadores temporales. La mayoría de las personas encuentran trabajo en E.U. por medio de algún amigo o familiar que ha recibido una visa de trabajo temporal, pero no deben pagar por haber sido recomendados. Si usted paga, recibe algún tipo de pago o gratificación por una oferta de trabajo, usted puede perder la oportunidad de trabajar en los E.U. El Consulado de los Estados Unidos en Monterrey no cuenta con una lista de trabajos disponibles ni tampoco tiene una lista de compañías que buscan trabajadores temporales. Nosotros no podemos ayudarle a encontrar un trabajo.  Otros maneras para encontrar una oferta de trabajo pueden ser por medio de las oficinas del gobierno de México, agentes de visas, ferias de trabajo y redes sociales de compañías confiables. Por favor preste atención a estas recomendaciones para evitar ser víctima de una estafa. Una oferta de trabajo real debe de incluir un contrato con la descripción del trabajo a realizar y el salario, el nombre y ubicación de la empresa en E.U.  y un numero de petición. Si encuentra una oferta de trabajo usted puede verificar su validez con nosotros.

Paso 2. Revise su contrato de trabajo y confirme que la petición sea válida. Revise los detalles de su oferta de trabajo para ver qué tipo de trabajo le ofrecieron y cuánto le pagarán. Debe recibir un contrato de trabajo por escrito en un idioma/lenguaje que comprenda.  El contrato debe contener información detallada sobre los salarios, la duración del trabajo, las horas, los beneficios (incluidos el transporte, la vivienda y las comidas o las instalaciones para cocinar), y cualquier deducción en su cheque de pago. Tiene derecho a recibir un pago justo, incluso si le pagan por pieza. Una oferta de trabajo sin este tipo de detalles puede ser una señal de fraude.

Las visas H-2 son visas basadas en peticiones, lo que significa que el empleador en los Estados Unidos primero debe solicitar una petición de los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos antes de programar citas para los trabajadores. Puede verificar la legitimidad de la petición poniéndose en contacto con la Unidad de Prevención de Fraudes del Consulado de los Estados Unidos en Monterrey llamando al 01-800-108-4724 o por correo electrónico a MonterreyH2visas@state.gov.

Paso 3. Complete un formato de solicitud de visa DS-160 y pague la cuota de $190 USD. El formato DS-160 debe completarse y enviarse en línea antes de su entrevista en el Consulado. Es importante decir la verdad en su solicitud. Debe enumerar los arrestos anteriores, el tiempo de estadías anteriores en los Estados Unidos y las veces que intentó cruzar la frontera. Estas actividades no necesariamente lo descalifican del programa de visa H-2. Su agente puede ayudarlo a completar el formulario, pero en última instancia es responsabilidad del solicitante asegurarse de que toda la información contenida en la solicitud esté completa y sea correcta.

El pago de derecho de visa es por $190 USD y se puede depositar en las cuentas de Banamex o Scotiabank. Todas las personas que soliciten una visa de los Estados Unidos en cualquier parte del mundo deben pagar esta cuota, la cual cubre el costo del proceso de la aplicación. Como lo indica el formato de la solicitud, esta cuota no es reembolsable independientemente de si la visa es emitida o no, debido a que la solicitud fue procesada hasta la conclusión. Si se le pide que pague cuotas ilegales adicionales, comuníquese con nuestra Unidad de prevención de fraude al 01-800-108-4724 o MonterreyH2visas@state.gov. Nuestro personal habla español y todas las llamadas son confidenciales.

Paso 4. Asegúrese de cumplir con los requisitos para hacer una cita para visa. Antes de hacer una cita para una entrevista de visa, asegúrese de tener lo siguiente:

  • Un pasaporte válido y sin daños: Confirme que los datos de su pasaporte sean correctos, incluida su fecha de nacimiento, género, ortografía de su nombre y que sea válido para la duración de su estadía planificada en los Estados Unidos.
  • Número de petición válido: Consulte el paso 2 de arriba.
  • Comprobante de pago de la cuota de solicitud de visa de $ 190 USD – Consulte el paso 3 de arriba.

Si bien las personas pueden hacer citas, en general, los peticionarios y/o sus agentes en México programan todas las citas para sus trabajadores. Si tiene intención de programar su propia cita, puede hacerlo siguiendo las instrucciones en el sitio web del Servicio oficial de Citas del Departamento de Estado .

Paso 5. Asista a su cita en el Centro de Atención al Solicitante para la toma de su fotografía y sus huellas dactilares. Si su cita es en el Consulado de los Estados Unidos en Monterrey, primero irá al Centro de Atención al Solicitante para la toma de su fotografía y sus huellas dactilares.

Paso 6. Vaya a la entrevista de su visa en el Consulado de los Estados Unidos dos días después. Es importante decir la verdad durante su entrevista. Debe mencionar cualquier arresto anterior, el tiempo de estadías anteriores en los Estados Unidos y las veces que intentó cruzar la frontera. Estas actividades no necesariamente lo descalifican del programa de visa H-2. Sin embargo, ocultar la presencia ilegal previa, los intentos de cruce o arrestos dará lugar a la denegación de la visa y puede dar lugar a una inelegibilidad de visa permanente.

Paso 7. Si se aprueba, reciba su visa y viaje a un puerto de entrada de los Estados Unidos y solicite la admisión como trabajador H-2.

Información para patrones (empleadores en los Estados Unidos)

Las visas H-2 son visas basadas en peticiones, lo que significa que un empleador estadounidense debe obtener una certificación laboral temporal del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos y recibir una Notificación de aprobación (I-797B) de la petición del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos antes de agendar una cita de visa para sus trabajadores con el Departamento de Estado.

Paso 1. El peticionario presenta la Solicitud de Certificación de Trabajo Temporal en el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos. El peticionario debe solicitar y recibir una Certificación de Trabajo Temporal de parte del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL por sus siglas en inglés) para sus empleados H-2A o H-2B. Para más información acerca de los requisitos y procedimientos para la Certificación de Trabajo Temporal (también conocida como Certificación Laboral), visite el enlace: “Certificación Laboral para Mano de Obra Extranjera del Departamento del Trabajo”.

Paso 2. El peticionario presenta el Formulario I-129 con USCIS. Luego de recibir de parte del DOL una Certificación de Trabajo Temporal para empleo H-2A, el peticionario deberá presentar el Formulario I-129 ante USCIS. Para mayor información sobre el proceso visite la página web para Trabajadores H-2A y Trabajadores H-2B.

Paso 3. Los trabajadores solicitan una visa con el Departamento de Estado de los Estados Unidos (DOS) en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos. Una vez que el peticionario ha recibido la Notificación de aprobación (I-797B) de USCIS que indica que la petición fue aprobada, se puede programar una cita para una entrevista de visa para los trabajadores en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos en Misión México, las solicitudes de visa H-2 se procesan en siete consulados: Monterrey, Nuevo Laredo, Ciudad Juárez, Hermosillo, Nogales, Matamoros y Tijuana. Si bien las personas pueden hacer citas, en general, los peticionarios y / o sus agentes en México programan todas las citas para sus trabajadores. Los solicitantes necesitarán llenar un formato de solicitud de visa DS-160, un pago de $190 USD y un pasaporte válido (consulte las instrucciones anteriores para los solicitantes de visa H-2).

Las citas para visas H-2 se hacen a través página de Internet del Servicio oficial de Citas del Departamento de EstadoEsta función de agendar citas permite a los solicitantes y/o peticionarios gestionar las citas, añadir sustituciones, y cambiar las fechas de citas si se necesita.

Paso 4. Los trabajadores reciben sus visas y buscan la admisión a los Estados Unidos con la Aduana y Protección Fronteriza (CBP por sus siglas en inglés) en un puerto de entrada de los Estados Unidos.

Preguntas Frecuentes

¿Donde puedo solicitar una visa H-2? – Las solicitudes de visa H-2 únicamente se reciben y procesan en los Consulados de Tijuana, Monterrey, Matamoros, Nuevo Laredo, Hermosillo, Nogales y Ciudad Juárez.

¿Por qué se me negó mi visa? – Para obtener información específica sobre el rechazo de su visa, consulte la carta de rechazo que se le entregó al final de la entrevista de la visa. Si se determina que no es elegible para una visa, se le dará una carta de rechazo con la(s) razón(es) específica(s) por las cuales no fue elegible. Como la situación de cada persona es diferente, no hay una sola razón que explique todas las negativas. La razón más común para ser rechazado es que no demostró a satisfacción del oficial que cumple con los requisitos para la categoría de visa, o que las actividades planeadas en los Estados Unidos no están permitidas para esa categoría. Otra razón para rechazar una visa es que sus infracciones de inmigración o condenas penales anteriores resultaron en una inelegibilidad para la visa bajo la Sección 212(a) de la INA.

Mi visa fue negada y me dijeron que no soy elegible. ¿Qué quiere decir esto? – Para algunos ciudadanos extranjeros, sus actividades actuales o pasadas pueden hacerlos no elegibles para una visa. Dependiendo de la razón, el oficial consular en la entrevista informará al solicitante si califica o no para un perdón. Si el oficial consular decide solicitar un perdón, él o ella indicarán las instrucciones del proceso. Las recomendaciones para un perdón las realiza el Departamento de Estado y las envía al Departamento de Seguridad Nacional, quien es responsable de tomar la decisión respecto a todas las solicitudes de perdón.

Rechazos bajo la sección 212 (a) (9) (C) (i) y 212 (a) (9) (C) (ii) de la Ley de Inmigración y Naturalización de los EUA: Después de haber estado físicamente fuera de los Estados Unidos por más de 10 años desde la fecha de su más reciente violación de inmigración, los solicitantes con inelegibilidades (9) (C) (i) y (9) (C) (ii) pueden presentar el Formato I-212 ante la Oficina de Revisión de Admisibilidad de CBP para obtener el consentimiento para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos. El Consulado de los Estados Unidos, no tiene injerencia en la aplicación I-212 o en el proceso de adjudicación. Si se aprueba el consentimiento para volver a presentar una solicitud, el solicitante no necesitaría solicitar un perdón temporal para estas inelegibilidades al solicitar una visa. Para obtener instrucciones sobre cómo presentar la Forma I-212, visite los sitios web de CBP y USCIS.

¿Por qué me rechazaron bajo la sección 221(g) de la Ley de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos? ¿Qué es “proceso administrativo”? – Si un solicitante es rechazado 221(g), esto significa que el oficial consular no tenía toda la información o documentos necesarios para procesar la solicitud hasta la conclusión. Al solicitante se le informa lo que se necesita por escrito al momento de la entrevista. Cuando la información requerida se envía de manera oportuna, el proceso de la visa puede continuar hasta la conclusión, y el solicitante no necesita volver a solicitar la visa. Traer los documentos necesarios no necesariamente significa que la visa será emitida, pero significa que el proceso de adjudicación puede reanudarse y completarse.

¿Cómo puedo verificar el estado de mi solicitud? – Usted puede consultar el estado de una visa en línea haciendo clic aquí. Debe proporcionar el número de confirmación que aparece en su hoja de código de barras DS-160. Los estados del caso son los siguientes:

  • “Solicitud recibida”: La aplicación aún no se ha adjudicado.
  • “Proceso administrativo”: La aplicación se está procesando administrativamente.
  • “Rechazado”: La solicitud ha sido rechazada.
  • “Emitido”: La visa ha sido emitida.

Quiero preguntar por la negación de visa de alguien que conozco. ¿Por qué no puedo obtener información? – De acuerdo a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), Sección 222(f), los registros del Departamento de Estado en relación a las decisiones de visas son confidenciales, por lo tanto la información no puede ser proporcionada a terceros en relación a una solicitud de visa. Cierta información puede proporcionarse a personas actuando en nombre y con el permiso del solicitante. Estas personas pueden incluir peticionarios, abogados o miembros del Congreso.

¿Puedo usar una tarjeta de crédito para pagar mi cuota de solicitud de visa de $190 USD? A partir del 29 de agosto de 2017, La Embajada y los Consulados en México ya no aceptan el pago con tarjeta de crédito para las cuotas de solicitud de visa de no inmigrante, excepto para los trabajadores temporales H-2 cuyas cuotas de visa son pagadas por peticionarios Estadounidenses. Los peticionarios H-2 Estadounidenses pueden continuar usando tarjetas de crédito como forma de pago a través de sus cuentas de usuarios grupales en el sitio web del Servicio oficial de Citas del Departamento de Estado. Si prefiere realizar el pago en efectivo, cree un perfil en el sitio web del Servicio oficial de Citas del Departamento de Estado y luego imprima un recibo de pago para llevarlo a cualquier sucursal de Citi Banamex o Scotiabank en todo México para realizar su pago en efectivo. Después del pago, podrá programar su cita de entrevista. Consulte: https://ais.usvisa-info.com/es-mx/niv/information/fee para obtener más información sobre cómo realizar un pago bancario.

¿Por qué mi cuota de solicitud no fue devuelta si mi visa fue negada?  La cuota que se paga es por procesar la solicitud. Cualquier persona que solicite una visa de Estados Unidos en cualquier parte el mundo debe de pagar esta cuota, que cubre el costo de proceso de la solicitud. Como lo indica la forma de solicitud, esta cuota no es reembolsable independientemente de que la visa sea otorgada o no, ya que ya se procesó completamente la solicitud. Si la solicitud fue negada bajo la Sección 214(b) y decide solicitar una visa en el futuro, deberá pagar nuevamente la cuota de solicitud de visa.

¿Puedo apelar la decisión de una visa negada?  No existe un proceso para apelar la decisión de una visa negada; pero cualquier persona puede volver a solicitar una visa de no inmigrante si él /ella, puede presentar evidencia de un cambio significativo en las circunstancias desde la última solicitud. En algunos casos, el solicitante puede tener una o más razones de no elegibilidad y no podrá obtener una visa de acuerdo a la ley de inmigración.

Sigo teniendo preguntas acerca del programa de visas H-2 ¿A quién puedo contactar? –Por favor primero lea las Preguntas Frecuentes y vea el video que explica todo el proceso. Si usted aún tiene preguntas, puede escribir al correo electrónico: MonterreyH2visas@state.gov. Si su solicitud de visa fue negada, por favor indique en su correo electrónico el rechazo que le dieron al momento de la entrevista. Desafortunadamente no podemos dar más información sobre visas negadas.

 

Conozca sus Derechos / Reporte Actividad Fraudulenta

Con el programa de visa H-2, usted tiene los mismos derechos que cualquier trabajador en los Estados Unidos. Se le debe pagar a tiempo, recibir un pago adicional por las horas extras, recibir un buen trato y una vivienda limpia. Cuando obtenga su visa H-2, recibirá un folleto con un número gratuito para llamar en caso de que sienta que ha sido víctima de maltrato. Repórtelo de inmediato: los informes son 100% confidenciales y los operadores hablan español.

CÓMO VERIFICAR QUE SU OFERTA DE TRABAJO ES LEGÍTIMA: Si tiene dudas sobre si su oferta de trabajo es legítima, comuníquese con nuestra Unidad de Prevención del Fraude al 01-800-108-4724 o Visasmtr@state.gov. Nuestro personal habla español y todas las llamadas son confidenciales.

Señales de que su oferta de trabajo puede no ser legítima:

  • El reclutador cambia constantemente la fecha de la cita en el Consulado o la fecha de salida hacia los LOS ESTADOS UNIDOS.
  • El reclutador no puede explicar claramente los costos de aplicación.
  • El reclutador no proporciona detalles sobre el trabajo (nombre de la empresa, ciudad y estado del sitio de trabajo, lista de responsabilidades laborales, información de su salario, duración del contrato).

Para mantener un proceso de visa que sea justo y equitativo para todos los solicitantes, tenga en cuenta lo siguiente:

  • Ninguna cuota pagada a nadie garantizará la emisión de una visa.
  • El formato de solicitud es gratuito.
  • Ningún cargo le garantizará una fecha u hora de cita específica.
  • Sea sincero durante la entrevista; no acepte consejos para engañar al oficial consular. Engañar o mentir podría resultar en una denegación permanente de visa.
  • Solo las personas que solicitan visas pueden ingresar al consulado.

No tenga miedo de reportar cualquier actividad fraudulenta que lo afecte a usted personalmente o que usted pueda presenciar que le esté sucediendo a otra persona. Usted puede evitar que usted mismo o sus amigos sean víctimas de fraude, comunicándose con nuestra Unidad de prevención de fraude al 01-800-108-4724 o Visasmtr@state.gov. Nuestro personal habla español y todas las llamadas son confidenciales.

Para obtener más información sobre los derechos de los trabajadores H-2 en los Estados Unidos, lea los folletos enlazados aquí:

Inglés – (PDF – 4.6 MB)
Español – (PDF – 424 KB)

Usted tiene derecho a:

  • Recibir un salario justo, incluso si recibe un pago por pieza.
  • No sufrir discriminación.
  • No sufrir acoso sexual, ni explotación sexual.
  • Trabajar en un lugar saludable y seguro.
  • Solicitar ayuda a grupos sindicales, de inmigrantes y de derechos laborales.
  • Abandonar una situación de empleo abusivo.
  • Nunca tener que pagar tarifas a un reclutador laboral.
  • Recibir una orden de trabajo por escrito en un idioma que comprenda. Debe contener información detallada sobre los salarios, la duración del trabajo, las horas, los beneficios (incluyendo el transporte, la vivienda y las comidas o las instalaciones para cocinar) y cualquier deducción en su cheque de pago.

Información adicional para Trabajadores Agricultores Temporales H-2A:

  • Su empleador debe proporcionar o pagar su subsistencia diaria y el transporte desde su hogar al lugar de empleo, o reembolsarle los costos razonables una vez que complete la mitad de su contrato de trabajo. Una vez que complete el contrato de trabajo, su empleador debe proporcionar o pagar el transporte de regreso y la subsistencia diaria desde el lugar de trabajo hasta su lugar de origen. Se le puede exigir a su empleador que reembolse los costos de su viaje de entrada y visa en la primera semana laboral si su salario menos sus gastos son menores que el salario mínimo de los Estados Unidos. Su empleador también debe proporcionar transporte desde la vivienda proporcionada por el mismo al sitio de trabajo sin costo.
  • Usted está exento de los impuestos de Seguro Social de los Estados Unidos y Medicare sobre la compensación pagada por los servicios prestados en relación con su visa H-2A.
  • En general, su empleador debe ofrecerle empleo por un número total de horas equivalente a al menos 3/4 de los días laborales en el período del contrato.

Información adicional para trabajadores temporales no agrícolas H-2B:

  • En general, su empleador debe ofrecerle empleo por un número total de horas equivalente a al menos 3/4 de los días laborales en cada período de 12 semanas.
  • Tiene derecho a que le paguen de manera justa, incluso si le pagan por pieza.
  • Su empleador debe proporcionarle o reembolsarle el transporte de entrada y la subsistencia en el extranjero al momento de completar la mitad del período del contrato. Además, su empleador debe pagar los costos de su transportación a casa, incluida la subsistencia, si completa el período de empleo o es despedido por su empleador por cualquier motivo antes del final de su período de empleo autorizado. También se le puede exigir a su empleador que reembolse los costos de su viaje de entrada y visa en la primera semana laboral si su salario menos sus gastos son menores que el salario mínimo de los LOS ESTADOS UNIDOS

Para obtener mas información, visite los siguientes sitios web:

  • Sus derechos a recibir un pago justo, incluso cómo presentar una denuncia sobre la paga: dol.gov/WHD/immigration.
  • Su derecho a unirse a otros trabajadores para lograr mejorar su paga o condiciones laborales, incluso cómo presentar una denuncia: nlrb.gov.
  • Su derecho a trabajar en un lugar seguro, o si cree que su trabajo no es seguro y quiere solicitar una inspección: osha.gov.
  • Cómo obtener una paga que su empleador no le ha pagado: dol.gov/wow.
  • Su derecho a no ser discriminado por su situación de ciudadanía y a presentar una denuncia de discriminación: justice.gov/crt/filing-charge.
  • Igualdad y sus derechos a no ser objeto de discriminación en su lugar de trabajo por motivos de raza, color de piel, religión, sexo (incluido el embarazo), origen, edad (40 años o más), una discapacidad o información genética, y denuncias por discriminación: eeoc.gov.
  • Trata de Personas: state.gov/j/tip.
  • Sus derechos, obligaciones y exenciones relacionadas con el seguro médico: ayudalocal.cuidadodesalud.gov (Español).