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Entender la trata de personas
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enero 4, 2023

“Tráfico de personas”, “trata de personas” y “esclavitud moderna” son términos sombrilla. En ocasiones se les usa indistintamente para referirse a un delito por el cual los tratantes explotan a o lucran con adultos o niños obligándoles a desempeñar trabajo o participar en el sexo comercial. Cuando se usa a una persona menor de 18 años para desempeñar un acto sexual comercial, se está cometiendo un delito sin importar el tipo de fuerza, fraude o la coerción.

Estados Unidos reconoce dos formas primarias de trata de personas: trabajo forzoso y tráfico sexual. El significado básico de estas formas de trata de personas y algunas características únicas de cada una se estipulan a continuación, seguidas de varios principios y conceptos clave que se relacionan con todas las formas de trata de personas.

Más de 175 naciones han ratificado o suscrito el Protocolo de la ONU para Prevenir, Suprimir y Castigar el Tráfico de Personas (el Protocolo TIP de la ONU), el cual define la trata de personas y contiene obligaciones para evitar y combatir este crimen.

La Ley de Protección de las Víctimas de la Trata de Personas de Estados Unidos del año 2000, según su enmienda (TVPA) y el Protocolo TIP de la ONU contienen definiciones similares sobre la trata de personas. Los elementos de ambas definiciones pueden describirse utilizando un marco de trabajo de tres elementos centrado en 1) actos, 2) medios y 3) propósito del tratante. Los tres elementos son esenciales para constituir una violación por trata de personas.

Trabajo forzoso

El trabajo forzoso, conocido también en ocasiones como tráfico laboral, comprende diversas actividades realizadas cuando una persona usa la fuerza, el fraude o la coerción para explotar la mano de obra o los servicios de otra persona.

El elemento de “actos” relacionados al trabajo forzoso se cumple cuando el tratante recluta, oculta, transporta, provee u obtiene a una persona para trabajo o servicios.

El elemento de “medios” de trabajo forzoso incluye el uso de la fuerza, el fraude o la coerción. El esquema coercitivo puede incluir amenazas de fuerza, manipulación de deudas, retención de pagos, confiscación de documentos de identidad, coerción psicológica, daño reputacional, manipulación del uso de sustancias adictivas, amenazas a otras personas u otras formas de coerción.

El elemento “propósito” se centra en la meta del perpetrador de explotar el trabajo o los servicios de una persona. No hay límite sobre la ubicación o el tipo de sector. Los traficantes pueden cometer este delito en cualquier sector o entorno, ya sea legal o ilícito, incluyendo, sin limitarse a, campos agrícolas, fábricas, restaurantes, hoteles, centros de masaje, tiendas minoristas, embarcaciones, minas, hogares privados u operaciones de tráfico de drogas.

Los tres elementos son esenciales para constituir el delito de trabajo forzoso.

Existen determinados tipos de trabajo forzoso que se distinguen frecuentemente por su énfasis o porque son muy difundidos.

Servidumbre doméstica

“Servidumbre doméstica” es una forma de trabajo forzoso en la que el tratante requiere que la víctima trabaje en una residencia privada. Dichas circunstancias generan vulnerabilidades únicas. Los trabajadores domésticos por lo general quedan aislados y pueden trabajar aislados en un hogar. Su empleador por lo general controla su acceso a alimentos, transporte y alojamiento. Lo que ocurre en una residencia privada queda oculto del mundo, incluyendo a fuerzas del orden e inspectores laborales, lo cual resulta en la generación de barreras para identificar a la víctima. Los trabajadores domésticos extranjeros son particularmente vulnerables al abuso debido a barreras lingüísticas y culturales, además de la falta de relaciones comunitarias. Algunos perpetradores usan estos tipos de condiciones como parte de sus esquemas de coerción para obligar a los trabajadores domésticos con poco riesgo de detección.

Trabajo forzoso infantil

El término “trabajo forzoso infantil” describe esquemas laborales forzados en los que los traficantes obligan a los niños a trabajar. Los tratantes por lo general se centran en los niños porque son más vulnerables. Aunque algunos niños pueden involucrarse legalmente en determinadas formas de trabajo, sigue siendo ilegal forzar u obligar a los niños a trabajar. Las formas de esclavitud o prácticas que se le asemejan, incluyendo la venta de niños, trabajo forzoso infantil u obligado y servidumbre por deudas y servidumbre infantil, siguen existiendo a pesar de las prohibiciones legales y su amplia condena. Algunos indicadores de trabajo forzoso infantil incluyen situaciones en las que el niño parece estar bajo custodia de alguien ajeno a la familia y el trabajo del niño beneficia las finanzas de alguien que no es familiar del niño, o la negación de alimento, descanso o educación a un niño que labora.

Tráfico sexual

El tráfico sexual comprende el rango de actividades involucradas cuando un traficante usa la fuerza, el fraude o la coerción para obligar a otra persona o un niño a participar en un acto comercial sexual.

El delito del tráfico sexual también se entiende a través del marco de trabajo de “actos”, “medios” y “propósito”. Se requiere que existan los tres elementos para que se constituya un delito de tráfico sexual (excepto en el caso del tráfico sexual infantil en donde los medios son irrelevantes).

El elemento de “actos” del tráfico sexual se cumple cuando un tratante recluta, esconde, provee, obtiene, patrocina o exige que otra persona participe en sexo comercial.

El elemento de “medios” del tráfico sexual ocurre cuando un tratante usa la fuerza, el fraude o la coerción. La coerción en el caso del tráfico sexual incluye un rango amplio de medios incluidos en la definición de trabajo forzoso. Estos incluyen amenazas de daño grave, daño psicológico, daño reputacional, amenazas a otras personas y manipulación de deudas.

El elemento de “propósito” es un acto sexual comercial. El tráfico sexual puede ocurrir en domicilios particulares, centros de masaje, hoteles o burdeles, entre otras ubicaciones, además en Internet.

Tráfico sexual infantil

En casos en los que un individuo participa en cualquiera de los “actos” especificados con un niño (menor de 18 años), el medio de elementos es irrelevante sin importar si existe evidencia de fuerza, fraude o coerción. El uso de niños en el sexo comercial está prohibido por la ley en Estados Unidos y la mayoría de los países alrededor del mundo.

Principios y conceptos clave

Estos principios y conceptos clave se relacionan con todas las formas de trata de personas, incluyendo el trabajo forzoso y tráfico sexual.

Consentimiento

La trata de personas puede ocurrir incluso si la víctima dio su consentimiento inicial de proveer mano de obra, servicios o actos sexuales comerciales. El análisis se centra principalmente en la conducta del tratante y no la de la víctima. Un tratante puede elegir a una víctima después de que ésta solicita un empleo o migra para ganarse la vida. El esquema de explotación del tratante es lo que importa, no el consentimiento o capacidad previa de una víctima para otorgar su consentimiento por sí misma. Del mismo modo, en un caso de tráfico sexual, la voluntad inicial de una víctima adulta para participar en actos sexuales comerciales no es relevante cuando un perpetrador usa subsecuentemente la fuerza, el fraude o la coerción para explotar a la víctima y hacerle continuar participando en los mismos actos. En el caso del tráfico sexual infantil, el consentimiento de la víctima nunca es relevante porque un niño no puede consentir legalmente el sexo comercial.

Movimiento

Ni la legislación estadounidense ni la internacional requieren que un tratante o víctima atraviesen una frontera para que ocurra un delito de trata de personas. La trata de personas es un delito de explotación y coerción y no de movimiento. Los tratantes pueden utilizar esquemas que llevan a las víctimas a cientos de millas de sus hogares o las explotan en los mismos vecindarios en donde nacieron.

Servidumbre por deudas

La “servidumbre por deudas” se centra en delitos de trata de personas en los que el medio primario de coerción del tratante es la manipulación de la deuda. La ley de Estados Unidos prohíbe que los perpetradores usen las deudas como parte de su esquema, plan o patrón para obligar a una persona a trabajar o participar en el sexo comercial. Los tratantes se centran en algunos individuos con una deuda inicial que estos últimos asumen voluntariamente como una condición de empleo futuro, mientras que, en determinados países, los tratantes dicen a los individuos que “heredaron” la deuda de sus familiares. Los tratantes también pueden manipular deudas después de que inicia la relación económica al retener ganancias o forzar a la víctima a asumir deudas por gastos como alimento, alojamiento o transporte. También pueden manipular las deudas que una víctima debe a otras personas. Cuando los tratantes usan las deudas como medio para obligar el trabajo o sexo comercial, han cometido un delito.

No penalización

Los gobiernos no deben sancionar ni procesar a víctimas de la trata de personas por los actos ilegales que los tratantes les obligaron a cometer. Este principio busca proteger a las víctimas de ser responsabilizadas legalmente por una conducta que no estuvo dentro de su voluntad, sino que fue impulsada por los tratantes. Si un gobierno ha sancionado o castigado a una víctima de este modo, el gobierno debe anular la condena y/o borrar el registro de la víctima.

Trata de personas auspiciada por el estado

A pesar de que la TVPA y el Protocolo TIP de la ONU hacen un llamado a los gobiernos a abordar de manera proactiva los delitos de la trata, algunos gobiernos forman parte del problema, obligando directamente a sus ciudadanos a esquemas de esclavitud sexual o trabajo forzoso. Desde el trabajo forzoso en proyectos de obra pública local o nacional, operaciones militares y sectores económicamente importantes, o como parte de proyectos financiados por el gobierno o misiones en el exterior, los funcionarios usan su poder para explotar a sus ciudadanos. Para extraer este trabajo, los gobiernos coercen amenazando con el retiro de beneficios públicos, retención de salarios, no adherirse a los límites sobre el servicio nacional, manipular la falta de estado legal de apátridas y miembros de grupos minoritarios, amenazar con castigar a familiares o condicionar servicios o la libertad de movimiento sobre la mano de obra o el sexo. En 2019, el congreso enmendó el TVPA para reconocer que los gobiernos también pueden actuar como traficantes, haciendo referencia específica a una “política o patrón de gobierno” de la trata de personas, el tráfico en programas financiados por el gobierno, el trabajo forzoso en servicios médicos afiliados al gobierno u otros sectores, esclavitud sexual en campos del gobierno o el empleo o reclutamiento de niños soldado.

Reclutamiento ilegal o uso de niños soldado

Otra manifestación de trata de personas ocurre cuando el gobierno fuerza o cualquier grupo armado no estatal recluta o usa ilícitamente a niños, mediante la fuerza, el fraude o la coerción, como soldados o para mano de obra o servicios en situaciones de conflicto. Los niños también son usados como esclavos sexuales. La esclavitud sexual, según se define en este documento, ocurre cuando grupos armados fuerzan o coercen a niñas a “casarse” con o ser violadas por comandantes o combatientes. Tanto niños como niñas son víctimas por lo general de abuso sexual o explotación por parte de miembros de grupos armados y sufren los mismos tipos de consecuencias físicas y psicológicas devastadoras asociadas con el tráfico sexual.

Rendición de cuentas en las cadenas de suministro

El trabajo forzoso está muy documentado en la economía privada, en particular en agricultura, piscicultura, fabricación, construcción y trabajo doméstico, aunque ningún sector es la excepción. El tráfico sexual ocurre también en diversos sectores. El sector hotelero es muy conocido, pero el delito ocurre también en relación con las industrias extractivas, en donde las actividades son por lo general remotas y no se cuenta con una presencia gubernamental relevante. Los gobiernos deben responsabilizar a todas las entidades, incluyendo negocios, por la trata de personas. En algunos países la ley dispone que se rindan cuentas tanto en sistemas de justicia tanto civiles como penales. La legislación estadounidense dispone dicha responsabilidad para cualquier persona legal, incluyendo un negocio que se beneficie de manera financiera de su participación en un esquema de trata de personas, siempre que los negocios conozcan o deban conocer el esquema.