Flag

An official website of the United States government

Visa de Empleados Domésticos
6 MINUTE READ
agosto 4, 2021

Empleadas(os) domésticas(os) ó personales quienes estén acompañando o siguiendo a su(s) patrón(es) en los Estados Unidos son elegibles para obtener visa clase B-1. Esta categoría de personas incluye, pero no limita a, cocineros(as), choferes, empleadas(os) domésticas(os), mozos, niñeras, jardineros y asistentes en cuidado personal.

Puede trabajar como empleado personal o doméstico en los Estados Unidos con una visa de visitante si su empleador es:

1. Un poseedor de visa de no inmigrante – Empleadas(os) domésticas(os) o personales quienes estén acompañando o siguiendo reunirse con su(s) patrón(es) que busquen entrar, o que ya estén, en los Estados Unidos con visas tipo B, E, F, H, I, J, L, M, O, P, Q, ó R, pueden ser elegibles para la visa tipo B-1, considerando lo siguiente:

  • La (el) empleada(o) doméstica(o) ha trabajado para el mismo patrón fuera de los Estados Unidos, por al menos un año previo a la fecha de admisión a los Estados Unidos, y
  • La (el) empleada(o) doméstica(o) tiene residencia fuera de los Estados Unidos, la cual, no tiene intención de perder.

2. Un ciudadano Americano – Empleadas(os) domésticas(os) quienes estén acompañando o deseen reunirse con un patrón, el cuál es un ciudadano Americano, en los Estados Unidos, pueden ser elegibles para la visa tipo B-1 si el ciudadano Americano comúnmente reside fuera de los Estados Unidos y está viajando a los Estados Unidos temporalmente, o si por el trabajo del ciudadano Americano, está sujeto a frecuentes traslados internacionales con duración de dos años ó más y quién, como consecuencia de su trabajo, va a residir en los Estados Unidos por un período que no exceda los cuatro años.  Si el ciudadano Americano va a residir permanentemente en los Estados Unidos, no será posible solicitar una visa tipo B1, aun cuando la (el) empleada (o) en cuestión haya sido previamente contratado fuera de los Estados Unidos. Además;

  • La relación patrón-empleada(o), deberá haber existido por lo menos 6 meses antes de la admisión a los Estados Unidos ó, alternativamente, que el patrón haya contratado servidumbre regularmente en la misma capacidad mientras se encontró fuera de los Estados Unidos;
  • La (el) empleada (o) doméstica (o) tiene al menos un año de experiencia como empleada(o) doméstica(o) ó personal y tendrá que mostrar cartas de referencia de trabajos anteriores.
  • El patrón será el único proveedor de empleo, y proporcionará a la (el) empleada(o) habitación, alimentación y boletos viaje redondo, gratuitamente como se indica en los términos del contratode trabajo.

El solicitante debe reunir y presentar los siguientes documentos adicionales requeridos:

  • Contrato fechado y firmado por el patrón y la (el) empleada(o) que como mínimo deberá incluir lo siguiente:   garantía de que la empleada (o) doméstica (o) será compensada con el mínimo del salario ó el salario que prevalezca, lo que sea más alto;  El salario minímo ó el salario que prevalezca para el lugar en los Estados Unidos donde la empleada(o) doméstico(o) iba a trabajar debería ser indicado en el contrato; Garantía de habitación y alimentación gratuitas; y que el patrón será el único que proporcione trabajo a la (el) empleada(o).  * Ejemplo de Contrato: Inglés y Español.

3. Un poseedor de visa diplomática – Si el empleado doméstico está acompañando a un oficial diplomático o un oficial federal extranjero que estará viajando a Estados Unidos bajo las categorías de visa A-1 ó A-2, el empleado doméstico deberá solicitar visa A-3 bajo los requisitos mencionados aquí.

4. Un poseedor de visa de empleado de una organización internacional – Si el empleado doméstico está acompañando a un oficial extranjero que va como miembro de una organización internacional y que estará viajando a Estados Unidos bajo las categorías de visa G-1, G-2, G-3 ó G-4, el empleado doméstico deberá solicitar visa G5 bajo los requisitos mencionados aquí.